Su PLD-050 está listo. Qué hacer ahora
- Revise que sea el formulario correcto y firme
Vuelva a leer el recuadro de arriba del formulario: dice cuándo debe, cuándo puede y cuándo no puede usar una denegación general. Si no está seguro, la guía de la corte explica otros formularios de respuesta y dónde conseguir ayuda gratis. Firme el formulario a mano.
- Cuide el plazo
La guía de la corte dice que tiene que hacer la entrega legal al demandante y presentar su Respuesta en la corte, por lo general dentro de los 30 días siguientes a cuando se le hizo la entrega legal. Si pasaron más de 30 días, dice que pregunte en la corte si el demandante obtuvo una falta de comparecencia (default); si no la hay, aún puede presentar una Respuesta.
- Busque formularios locales y haga copias
La guía dice que algunas cortes piden formularios locales adicionales (pregunte al secretario o vea el sitio web de la corte) y que haga 3 copias después de firmar.
- Que otra persona haga la entrega legal
El formulario dice que hay que entregarlo al abogado de cada demandante y a cada demandante que no tenga abogado, en persona o por correo, y que lo puede entregar cualquier persona de 18 años o más, EXCEPTO usted o cualquier otra parte del caso. Quien lo entrega llena y firma una prueba de entrega (proof of service), como el formulario POS-030. Guía de la corte: entrega legal de la Respuesta.
- Preséntelo en la corte
El formulario dice que el original se presenta ante el secretario de la corte con la prueba de que se entregó una copia. La guía dice que la cuota de presentación es de $225 a $450 y que, si no puede pagarla, puede pedir una exención de cuotas.
- Revise su correo
La guía dice que recibirá papeles de la corte y del demandante, que debe responderlos a tiempo y que, si se muda, presente un aviso de cambio de dirección (MC-040).
Bueno saber
- El formulario dice: si usted tiene un reclamo por daños u otra compensación contra el demandante, la ley puede exigir que lo presente en un escrito especial llamado contrademanda (cross-complaint), o puede perder su derecho a hacer ese reclamo (Code of Civil Procedure, secciones 426.10–426.40).
- La guía de la corte dice que una demanda puede durar un año o más y que, si no sigue los próximos pasos después de responder, puede perder el caso.
Fuentes: Guía de autoayuda de las cortes de California: Llenar el formulario de Respuesta · Entrega legal de la Respuesta · Responder a una demanda por deuda · página del formulario PLD-050 · formulario PLD-050.