Fallo por incumplimiento en Luisiana: cómo anularlo
Qué significa un fallo por incumplimiento y cómo pedir al tribunal que lo anule, con una calculadora de plazos.
Revisado con fuentes oficiales: 24 de oct de 2026.
En resumen
Un fallo por incumplimiento significa que el tribunal decidió en su contra porque usted no respondió. Moción para un nuevo juicio (motion for a new trial): preséntela dentro de los 7 días (sin contar los días feriados legales) después de que se envíe por correo, se entregue o se notifique el aviso del fallo; los mismos 7 días se aplican en los City Courts, Parish Courts y Justice of the Peace Courts.
- Plazo más corto para pedirlo
- 7 días (Moción para un nuevo juicio)
- Plazo para responder
- 10 días
Cómo ocurre un incumplimiento en Luisiana
Si usted no responde a tiempo, el demandante puede obtener un fallo por incumplimiento si prueba un caso a primera vista (prima facie). Para cuentas abiertas, pagarés y otras deudas por contrato, el juez puede firmarlo con base en los documentos, sin audiencia. Si usted ya compareció en el caso, deben darle aviso al menos 7 días antes de un fallo por incumplimiento. El secretario del tribunal le envía o le entrega un aviso del fallo por incumplimiento.
Pedir al tribunal que deshaga un incumplimiento en Luisiana
Moción para un nuevo juicio (motion for a new trial): preséntela dentro de los 7 días (sin contar los días feriados legales) después de que se envíe por correo, se entregue o se notifique el aviso del fallo; los mismos 7 días se aplican en los City Courts, Parish Courts y Justice of the Peace Courts. En reclamos menores, el fallo (sentencia) queda firme 3 días después de firmado (o después de enviado el aviso por correo, cuando se requiere aviso) a menos que usted presente una moción para un nuevo juicio dentro de ese plazo. Acción para anular (action to annul): en cualquier momento si nunca lo notificaron correctamente; dentro de 1 año después de descubrirlo si el fallo se obtuvo por fraude o prácticas indebidas.
Ley (en inglés): La. C.C.P. arts. 1702, 1913, 1974, 2002, 2004, 4904, 4907, 4921, 4922; La. R.S. 13:5208(B)
Calcule su plazo para anular el incumplimiento
El fallo en Luisiana
- Intereses después del fallo
Interés judicial: cada año el Commissioner of Financial Institutions (Comisionado de Instituciones Financieras) fija la tasa en 3.25 puntos por encima de la tasa de descuento de la Reserva Federal del primer día hábil de octubre, para el siguiente año calendario. La tasa para 2026 es del 7.50%. Si su contrato fija una tasa de interés, en su lugar se puede aplicar esa tasa acordada.
- Cuánto dura
Un fallo de dinero vence (prescribe) 10 años después de firmado. El acreedor puede revivirlo antes de esa fecha mediante una moción ex parte (sin audiencia de la otra parte), tantas veces como quiera; cada reactivación inicia otros 10 años.
Ley (en inglés): La. R.S. 13:4202; La. Civ. Code arts. 2000, 3501; La. C.C.P. art. 2031; OFI judicial interest rate table
El servicio militar y los incumplimientos
Antes de que el tribunal le dé al demandante un fallo por incumplimiento (default judgment), el demandante debe presentar una declaración jurada que diga si usted está en el servicio militar.
Ley (en inglés): 50 U.S.C. 3931(b)(1)
Pasos después de un incumplimiento en Luisiana
Consiga los papeles del fallo
La fecha del fallo importa. Pida una copia al secretario.
Actúe rápido
En Luisiana: Moción para un nuevo juicio (motion for a new trial): preséntela dentro de los 7 días (sin contar los días feriados legales) después de que se envíe por correo, se entregue o se notifique el aviso del fallo; los mismos 7 días se aplican en los City Courts, Parish Courts y Justice of the Peace Courts.
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Preguntas sobre los fallos por incumplimiento en Luisiana
¿Cuánto tiempo tengo para responder a una demanda por deuda en Luisiana?
District Court: 21 días después de que lo notifiquen, o 30 días si junto con la demanda (petition) le entregaron solicitudes de pruebas (discovery requests). City Courts y Parish Courts, incluidas sus divisiones de reclamos menores, y Justice of the Peace Courts: 10 días después de la notificación (15 días si lo notificaron a través del Secretary of State, Secretario de Estado). Revise su citación (citation).
¿Qué pasa si se me pasa el plazo en Luisiana?
Si usted no responde a tiempo, el demandante puede obtener un fallo por incumplimiento si prueba un caso a primera vista (prima facie). Para cuentas abiertas, pagarés y otras deudas por contrato, el juez puede firmarlo con base en los documentos, sin audiencia. Si usted ya compareció en el caso, deben darle aviso al menos 7 días antes de un fallo por incumplimiento. El secretario del tribunal le envía o le entrega un aviso del fallo por incumplimiento.
¿Puedo anular un fallo por incumplimiento en Luisiana?
Moción para un nuevo juicio (motion for a new trial): preséntela dentro de los 7 días (sin contar los días feriados legales) después de que se envíe por correo, se entregue o se notifique el aviso del fallo; los mismos 7 días se aplican en los City Courts, Parish Courts y Justice of the Peace Courts. En reclamos menores, el fallo (sentencia) queda firme 3 días después de firmado (o después de enviado el aviso por correo, cuando se requiere aviso) a menos que usted presente una moción para un nuevo juicio dentro de ese plazo. Acción para anular (action to annul): en cualquier momento si nunca lo notificaron correctamente; dentro de 1 año después de descubrirlo si el fallo se obtuvo por fraude o prácticas indebidas.
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Fuentes
- La. C.C.P. arts. 1702, 1913, 1974, 2002, 2004, 4904, 4907, 4921, 4922; La. R.S. 13:5208(B)
- La. C.C.P. art. 1001 (21-day answer)
- La. C.C.P. art. 4903 (10-day answer, city and parish courts)
- La. C.C.P. art. 4843 (city court jurisdiction)
- La. C.C.P. art. 4911 (justice of the peace)
- La. R.S. 13:5202 (small claims $5,000)
- La. R.S. 13:5204 (small claims service and transfer notice)
- La. C.C.P. art. 1913 (notice of judgment)
- La. C.C.P. art. 1974 (new trial delay)
- La. C.C.P. art. 2002 (nullity for vices of form)
- La. C.C.P. art. 2004 (nullity for fraud)
- La. R.S. 13:4202 (judicial interest)
- La. Civ. Code art. 3501 (judgments prescribe in 10 years)
- La. C.C.P. art. 2031 (revival)
- La. C.C.P. art. 2412 (garnishment service)
- La. R.S. 13:3923 (garnishment judgment)
- La. C.C.P. art. 5181 (proceeding without paying costs)
- La. C.C.P. arts. 1231, 1234 (service)
- La. C.C.P. art. 4842 (parish court $20,000)
- La. C.C.P. art. 4907 (new trial, city and parish courts)
- La. C.C.P. art. 4917 (oral pleadings, justice of the peace)
- La. C.C.P. art. 4920 (10-day answer, justice of the peace)
- La. C.C.P. art. 4921 (default, justice of the peace)
- La. R.S. 13:5208 (small claims judgment final after 3 days)
- La. R.S. 13:5209 (small claims removal)
- La. R.S. 13:5211 (small claims citation under art. 4902)
- Louisiana OFI: Judicial Interest Rates
Última revisión: 24 de oct de 2026.